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martes, 26 de noviembre de 2019

El Tribunal de Estrasburgo condena a España por no haber admitido recursos de amparo de prisioneros vascos

Considera que España ha violado el artículo 6 del convenio de los Derechos Humanos que protege el derecho de un juicio justo

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado España porque su Tribunal Constitucional inadmitió los recursos de amparo de los prisioneros vascos Ismael Berasategi Escudero y Rufino Arriga Arruabarrena , que pedían que les fuera computada la condena completa en la estado francés. El TEDH considera que España ha violado el artículo 6 del convenio de los derechos humanos que protege el derecho de un juicio justo .

El tribunal que ha examinado la demanda era presidido por el portugués Paulo Pinto de Albuquerque e integrado también por la suiza Helen Keller y la española María Elósegui. No han atendido la petición de los querellantes de ser indemnizados por España, porque, según dicen, lo pedían por la violación de los artículos 5º y 7º del Convenio Europeo de los Derechos Humanos, relativos, respectivamente, al derecho de libertad y seguridad y al derecho de no ser condenado por una pena más grave que la aplicable en el momento en que se llevaron a cabo los hechos castigados. La condena de Estrasburgo es por la violación del artículo 6, y sobre este punto no había una petición expresa de demanda de indemnización

https://www.vilaweb.cat/noticies/tedh-condemna-espanya-presos-bascs-recursos-empara/

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